Bienvenidos al blog de hábeas data financiero y protección de datos personales

Bienvenidos al blog de hábeas data financiero y protección de datos personales


Invito a participar en este espacio a los interesados en la protección de datos personales, con la finalidad del enriquecimiento conjunto y colaboración con la sociedad.

Toda persona tiene derecho a conocer sus datos personales, que se encuentren en archivos, bases o bancos de datos y en caso de falsedad o discriminación, exigir la supresión, rectificación, confidencialidad o actualización de aquéllos.

En Argentina, la protección de datos personales se rige principalmente por el artículo 43, párr. 3º de la Constitución Nacional, la ley 25.326 y su decreto reglamentario 1558/2001.


Pueden dejar comentarios, sugerencias o enviar artículos de interés para ser publicados en este blog.


E-mail: contacto@habeasdatafinanciero.com


sábado, 5 de junio de 2010

Informe de la CIDH

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en su Informe sobre Seguridad Ciudadana y Derechos Humanos emitido el 31 de diciembre de 2009, dentro de las recomendaciones específicas incluye la de incorporación de la acción de hábeas data en el derecho interno de los Estados, en el art. 18 de la siguiente manera: e) incorporar en derecho interno la acción de habeas data, con el objetivo de garantizar:
i) el derecho de toda persona a no ser perturbada en su privacidad;
ii) el derecho de toda persona a acceder a información sobre sí misma en bases de datos públicos;
iii) el derecho de toda persona de usar esta acción como mecanismo de fiscalización de la gestión de las autoridades públicas.
Para ver el Informe completo hacer un clik en el título

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